¿Firmar un contrato de alquiler es como jugar a la ruleta rusa? No si conoces las reglas del juego. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es tu manual de instrucciones, pero aquí te lo traducimos del “jurídico” al cristiano.

  1. ¿Cuánto dura mi “matrimonio” con el piso?

No te dejes engañar por lo que firme el papel. Si es tu vivienda habitual, manda la ley:

  • El Blindaje: Tienes derecho a quedarte hasta 5 años (o 7 si el dueño es una empresa), aunque el contrato diga que es solo por uno.
  • La Fuga: Puedes irte a los 6 meses avisando con 30 días. Eso sí, revisa si pactasteis una indemnización por irte antes de tiempo.
  • El “FALSO ” alquiler de temporada.  ¿Tu contrato indica 11 meses de alquiler y se define como arrendamiento de temporada? Según el artículo 3 de la LAU, este contrato, es un contrato para uso distinto de vivienda. No se define por los meses que dure, sino por la causalidad.  Para que sea legal debe haber una causa real y temporal, por ejemplo, un master de 9 meses en otra ciudad, un traslado laboral por un proyecto de trabajo por medio año, reformas en tu propia casa… La calificación del contrato no depende del nombre que le den las partes sino de su contenido real.

💰 2. La Fianza y el mito del “último mes”

La fianza NO sirve para pagar el último mes de alquiler. Es una garantía para desperfectos.

  • El Plazo: El dueño tiene 30 días para devolvértela tras la entrega de llaves.
  • Tip de Oro: Haz un video del piso el día que entres y el día que salgas. Las palabras se las lleva el viento, pero los píxeles no.

🛍️ 3. ¿Y si el dueño vende el piso? (Ojo al Art. 25.8)

Aquí está la letra pequeña que nadie lee. Por ley, tú tienes preferencia para comprar el piso (Tanteo y Retracto), PERO…

[!WARNING] La Trampa Legal: Según el Art. 25.8 de la LAU, puedes renunciar a este derecho en el contrato. Si firmaste esa renuncia, el dueño puede vender a un tercero sin que tú puedas protestar. Eso sí, el nuevo dueño tiene que respetarte el contrato hasta que acabe.

👥 4. ¿Puedo meter a un amigo y cobrarle? (Subarriendo)

¡Cuidado! Esto es motivo de desahucio inmediato si no lo haces bien.

  • El “OK” por escrito: Para subarrendar una habitación, necesitas el consentimiento expreso y por escrito del propietario.
  • Sin lucro: No puedes cobrarle a tu compañero más de lo que tú pagas de alquiler total. La ley prohíbe que hagas negocio con la casa de otro.

🛡️ 5. Avalistas: ¿Abuso o necesidad?

La fianza legal es de 1 mes. Sin embargo, el dueño puede pedir “garantías adicionales” (avalistas, depósitos).

  • El Límite: Para contratos de vivienda, esa garantía adicional no puede superar los 2 meses de renta. Si te piden 6 meses de depósito, están fuera de la ley.

🚩 Mitos vs. Realidad: Flash Jurídico

  • Mito: “El casero puede entrar con su llave si quiere revisar algo.”
  • Realidad: FALSO. Tu casa es sagrada (inviolabilidad del domicilio). Si entra sin permiso, es allanamiento de morada.
  • Mito: “Si se rompe la lavadora, la pago yo porque la uso yo.”
  • Realidad: DEPENDE. Si es por vejez, paga el dueño. Si hay negligencia por tu parte, pagas tú.

⚖️ No te la juegues con tu hogar

Un contrato de arrendamiento mal redactado o una interpretación errónea de la LAU pueden costarte miles de euros y muchos quebraderos de cabeza. En el derecho inmobiliario, un buen asesoramiento previo es el mejor seguro de ahorro.

Si tienes dudas con tu contrato, te han denegado la fianza o quieres vender un piso con inquilinos:

📍 Visita Bernabeu Abogados. Somos especialistas en darte la tranquilidad legal que necesitas. Analizamos tu caso, prestamos asesoramiento desde la redacción del propio contrato y defendemos tus intereses de principio a fin durante toda la relación contractual.

¿Hablamos? Llama al teléfono 962388021 o escribe un correo a la dirección adminstracion@bernabeuabogados.es