A raíz el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado a alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, muchos ciudadanos se preguntan cómo les afecta en sus desplazamientos diarios a su lugar de trabajo, si tienen alguna restricción y cómo deben realizarla. Vamos a tratar de responder a esta cuestión de una manera muy sencilla.

El articulo 7 c) del citado Real Decreto, dentro de las restricciones a la libre circulación de personas, habilita a los ciudadanos para que puedan acudir a su lugar de trabajo para realizar su prestación laboral, profesional o empresarial.

Desde Bernabeu Abogados, le facilitamos un modelo de certificado empresarial a fin de que puedan rellenarlo y, en su caso, mostrarlo en los desplazamientos que efectúen a su lugar de trabajo, si en alguna ocasión son requeridas por la autoridad policial competente.

Recuerde que el Real Decreto de 14 de marzo, en coherencia con las declaraciones del presidente del gobierno, ha sido modificado imponiendo ahora restricciones en cuanto a las personas que pueden ir dentro del vehículo: debe ir una persona en el coche, a no ser que vaya acompañada de menores, personas discapacitadas o sea un motivo de fuerza mayor.

Puede descargarse el certificado en el siguiente enlace:

https://docs.google.com/document/d/e/2PACX-1vTp1wz2Ey_ywiakGQNMthxXo0oZFdhKkqSmuCJXAl3mYeSTyagWTcDZf81CH2MYNcCHIHFjvUSAL6D9/pub